Existen dos tipos de licencia de apertura y actividad en función del grado de molestias, daños y riesgos a personas de la actividad a desarrollar en el local para el cual se va a solicitar la licencia
Licencia de apertura para actividades inocuas
Esta licencia es para aquellas actividades que no generan molestias significativas, impacto medioambiental (salubridad, higiene), daños a bienes públicos o privados ni riesgo para bienes o personas.
Se consideran actividades inocuas muchos pequeños comercios como tiendas de moda o de productos de alimentación no perecederos, así como pequeñas oficinas para la prestación de servicios diversos.
Licencia de apertura para actividades calificadas
Este tipo de licencia es para actividades consideradas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas (hostelería, actividades industriales, determinados comercios y servicios) y que requieren adoptar medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales. Muchas de ellas sólo se pueden realizar en suelo industrial.
Las únicas actividades exentas de solicitar y obtener licencia de apertura son aquellas profesionales, artesanales y artísticas que se realizan en el domicilio, siempre y cuando no exista venta o atención directa al público y no se cause molestias a los vecinos.
Recuerda que para poder obtener la licencia de apertura y actividad son necesarios los informes y proyectos técnicos realizados por personal capacitado, según el tipo de actividad que se realice.