La estimación objetiva del IRPF se aplica a empresarios y a determinadas actividades profesionales que cumplan los siguientes requisitos:
Estimación directa normal
El método de estimación directa normal del IRPF para calcular el rendimiento de las actividades económicas se aplica a los autónomos no acogidos a la modalidad simplificada o al método de estimación objetiva, si la cifra de negocios del conjunto de las actividades supera los 600.000€ anuales en el año inmediato anterior y si se renuncia a la estimación directa simplificada