Cualquier autónomo que deba tributar el impuesto del IVA, puede inscribirse en el Régimen de devolución mensual del IVA (REDEME). Este régimen fue establecido por la Ley 4/2008 y su procedimiento y requisitos se regulan en el RD 2126/2008.
Régimen especial simplificado de IVA
El régimen simplificado sólo es compatible con el régimen de agricultura, ganadería y pesca y con el recargo de equivalencia. Por tanto, quien realice una actividad sujeta al régimen general del IVA o a un régimen especial distinto de los señalados, no podrá tributar en el régimen simplificado del IVA por ninguna actividad.
Modelo 303 de IVA para autónomos
El Modelo 303 es un documento de autoliquidación del la cantidad IVA que pagan los autónomos dentro de un periodo de tiempo concreto. Para tener la obligación de presentar este documento, el autónomo debe estar acogido al régimen general de IVA. La presentación del Modelo 303 ha de hacerse por vía telemática (por internet) con […]
Regímenes de IVA
En el IVA existe un régimen general y los siguientes regímenes especiales: régimen simplificado, recargo de equivalencia, agricultura, ganadería y pesca, bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, agencias de viajes, oro de inversión, servicios prestados por vía electrónica, grupo de entidades.
Régimen general de IVA
El Régimen general de IVA se aplica a los sujetos pasivos de IVA en los siguientes supuestos: Cuando no sea de aplicación ninguno de los regímenes especiales de IVA, si se renuncia, si se queda excluido del régimen simplificado o del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.