Estimado Sergio, trimestralmente debes presentar una autoliquidación “pago fraccionado” a cuenta del IRPF, con importe a ingresar calculado por el 20% sobre el beneficio del trimestre, este beneficio, a groso modo, lo debes calcular por la diferencia entre tus ingresos y tus gastos de actividad, entre los que podrás incorporar los que citas en la […]