Estimada María, si la actividad es profesional, el cliente empresario o profesional, os debe aplicar retención a cuenta de IRPF, en caso contrario, no. En general, podéis estar en Estimación Directa, sistema Normal o Simplificado.
Estimada María, si la actividad es profesional, el cliente empresario o profesional, os debe aplicar retención a cuenta de IRPF, en caso contrario, no. En general, podéis estar en Estimación Directa, sistema Normal o Simplificado.