Desde la creación de su negocio, los autónomos pasan a tener diferentes obligaciones financieras. Las dos principales son el pago de impuestos a Hacienda y las cotizaciones a la Seguridad Social.
No obstante, a raíz de la crisis económica de 2008 y de la pandemia, muchos de estos trabajadores han sufrido una caída de sus ingresos y se han visto empujados a reducir todo tipo de gastos en sus negocios. Aun así, deben seguir pagando estos impuestos y cotizaciones, aunque se retrasen. En ese caso, deberán hacer frente al pago junto con un interés de demora.
¿Qué es el interés de demora?
El interés de demora es aquella cantidad de dinero que, al sumarla al importe e intereses habituales, se debe abonar para compensar el retraso en el pago de una cuota.
En el caso de que un autónomo se retrase en el pago de las cuotas de un préstamo, ello generará unos intereses de demora. Uno acepta cumplir con estas obligaciones, por ejemplo, cuando firma el contrato de una hipoteca o de un préstamo y promete devolver el dinero y los intereses que genere.
Si se incumple, siempre se puede generar este tipo de compensación. Es decir, estos intereses se pueden generar para indemnizar al solicitante por dicho retraso.
Condiciones de reclamación
Para que se puedan reclamar los intereses de demora al deudor por no pagar a tiempo la cuota, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Cuando expira la fecha estipulada en el contrato y el deudor no ha pagado el dinero que debía.
- Al tratarse de una deuda monetaria.
- Que se establezca en el contrato que se deba pagar algún tipo de interés por no cumplir con el plazo.
Así mismo, hay otros tres casos en los que el pago de la cuota de autónomos a la Seguridad Social aumenta:
- Nada más darse de alta como autónomo: Durante las primeras facturas, se debe incluir el IVA y la retención, por lo que parece que los ingresos son muy altos y que se gasta más de lo que se debe. Sin embargo, ese dinero extra no pertenece al trabajador, simplemente se recauda para la Agencia Tributaria. Por ello, siempre se debe reservar dinero para pagar la cuota de autónomos a la Seguridad Social.
- Cuando se acaba el derecho a la cuota reducida: Se pasa de pagar de 53 euros mensuales a 261. Esta subida obliga a modificar la organización mensual.
- Al tener trabajadores a cargo: En este caso, la cuota mensual puede superar los 1.000 euros, por lo que se convierte en un gasto fijo.
Principales consecuencias de los retrasos en los pagos para un autónomo
Las principales consecuencias que puede sufrir el autónomo ante los retrasos en los pagos son los siguientes:
- Si se tiene una tarifa plana y el autónomo se retrasa, este está obligado a ir a la oficina de la Seguridad Social y pedir la carta de pago o recibo con recargo (del 20 %).
- Si se disfruta de la tarifa plana y directamente no se paga, la Seguridad Social aplicará un recargo de 52,20 euros. Pero, no sobre la cuota, sino sobre la de 261 euros. Esto solo ocurre si se salta un mes. Si fueran dos, el recargo superaría los 100 euros.
- Si transcurren dos o tres meses y se continúa sin pagar, el trabajador recibirá una carta de apremio, donde se le indicará cómo proceder al pago. Pasados quince días desde que se recibe la notificación de retraso en el pago, se exigirán intereses de demora. A ellos, se suma el recargo del 20 %.
Como puedes comprobar, la vida del autónomo está llena de obligaciones, entre las que destacamos el pago de tasas e intereses. El interés por demora ha demostrado ser un tipo de interés muy peculiar y usual en casos de retrasos de pagos.
Implica un gasto añadido, por lo que es importante pagar a tiempo y así no tener que enfrentarte al pago de recargos e intereses de demora.