Una de las situaciones más novedosas que encontramos en el apartado laboral, es la llamada prestación por cese de actividad, también llamada “el paro de los autónomos“. Desde hace años los autónomos tienen derecho a paro cuando finalizan su actividad profesional. Sin embargo, esta prestación para autónomos no funciona igual que el paro de los trabajadores por cuenta ajena, o empleados, que cotizan en el Régimen General.
Por ello, es conveniente conocer con detalle cuál es la mecánica de funcionamiento y las condiciones que existen para poder percibir esta prestación por cese de actividad, una reivindicación que vienen reclamando los autónomos desde hace mucho tiempo. Aquí encontrarás la respuesta a todas aquellas preguntas que te surjan sobre el paro de los autónomos.
¿Cuál es el plazo para solicitar el paro de los autónomos?
¿Dónde solicitar el paro de los autónomos?
¿Es obligatorio cotizar por el paro si eres autónomo?
¿Cuánto tienen que cotizar los autónomos a la Seguridad Social para poder cobrar el paro?
¿Los autónomos pueden cobrar el subsidio para mayores de 55 años?
¿Cómo se demuestra la situación legal de cese de actividad?
Además, de cumplir los requisitos para cobrar el paro, los autónomos deben acreditar el cese de su actividad. Para demostrar que un trabajador autónomo se encuentra en situación legal de cese de actividad debe documentar que la finalización de la actividad se ha producido por cuestiones económicas, organizativas, productivas, violencia de género u otras causas de fuerza mayor.
En este sentido, la exigencia para la aceptación de las prestaciones por cese de actividad muy alta y solamente un porcentaje muy bajo de los trabajadores autónomos que la solicitan acaban consiguiéndola. Aquí puedes encontrar todas las causas específicas que te permiten documentar una situación legal de cese de actividad.
Causas para el cese de actividad
¿Cuál es el plazo para solicitar el paro de los autónomos?
La solicitud para pedir el paro de los autónomos se puede pedir hasta el último día del mes siguiente al que se produce el cese de la actividad del trabajador en cuestión. El plazo para solicitar el paro empezará a contar a partir de la fecha que consta en los documentos que acreditan el cese de actividad.
En el caso de que se presente la solicitud del paro de los autónomos fuera del plazo establecido, se descontarán de la prestación que le pertenece al trabajador los días que hayan transcurrido entre la fecha de presentación y la fecha en la que la debería de haber presentado. Es decir, que los días que se tarda de más en solicitar el paro no se cobran.
¿Dónde solicitar el paro de los autónomos?
Para poder presentar la solicitud del paro, los trabajadores autónomos deben acudir a la Mutua que le cubra las contingencias profesionales como trabajador, ante el Servicio Público Estatal de Empleo si las contingencias están cubiertas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, o en el Instituto Social de la Marina si es esta la entidad que cubre tus contingencias profesionales.
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¿Es obligatorio cotizar por el paro si eres autónomo?
Sí, desde el 1 de enero de 2019 es obligatorio.
Anteriormente, los trabajadores autónomos tenían la posibilidad de elegir si quieren cotizar por cese de actividad. Esto significa que podían escoger entre elegir una cotización más alta que les permita cobrar una prestación por desempleo, o pagar unas cuotas de autónomos más reducidas, con las que no tendrá derecho a cobrar el paro en caso de cese de actividad.
Actualmente, todos los trabajadores autónomos pagan el mismo tipo o porcentaje de cotización que incluye las contingencias comunes, las contingencias profesionales el paro y la formación.
¿Cuál es la cotización por cese de actividad de los autónomos para poder cobrar el paro?
Una de las preguntas que más se realizan los autónomos es: ¿Cuánto cuesta el paro de los autónomos?
Para ello, los autónomos deben realizar una cotización cese de actividad. Con los tipos de cotización generales en los que se incluye la cotización por cese de actividad, ya no podemos elegir y siempre se cotizará por esta prestación aunque no se quiere. Actualmente, del tipo de cotización que está en el 30% , un 0’7% va destinado a la prestación por cese de actividad.
La duración del paro dependerá de la cantidad de meses cotizados que posea el trabajador autónomo. Los meses que necesita un autónomo para poder cobrar la prestación por cese de actividad también varían de la edad de la persona que finaliza su actividad. Por igual, podrás calcular el paro que te corresponde previamente en base a los meses que hayas cotizado como autónomo.
¿Los autónomos pueden cobrar el subsidio para mayores de 55 años?
No, tendrán que cotizar como trabajadores por cuenta ajena.
El subsidio para personas mayores de 55 años está destinado a trabajadores que se encuentren en el Régimen General, al igual que la prestación por desempleo. Por ello, hace unos años se creó la prestación por cese de actividad o “paro de los autónomos”, que cubre las situaciones de finalización de actividad de este grupo profesional.
Sin embargo, los trabajadores autónomos tendrán la posibilidad de cobrar el subsidio para mayores de 55 años si cumplen los requisitos mínimos que exige esta prestación de 426 euros. Para ello, después de cesar su actividad, deberán cotizar 3 meses en el Régimen General, en el caso de tener cargas familiares, o 6 meses en el caso contrario. Además, se deben tener acumulados un mínimo de 6 años en el Régimen General, y un total de 15 años de cotización en todo el sistema de la Seguridad Social.
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