La nueva Ley de fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social permitirá que cualquier trabajador con derecho a cobrar una prestación por desempleo compatibilice el paro con un empleo como autónomo durante los seis primeros meses de actividad. Hasta la fecha esta opción se reservaba únicamente para los menores de 30 años.
La nueva ley se publicó este jueves 10 de septiembre en el BOE y entrará en funcionamiento el próximo 10 de octubre. Gracias a ella la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) estima que hasta final de año se producirán al menos 30.000 nuevas altas de trabajadores como autónomos. Por su parte, los cálculos del Gobierno se orientan hacia los 550.000 hasta 2019.
Aquellas personas que estén interesadas en compatibilizar la prestación y el trabajo autónomo deberán comunicarlo en el servicio público de empleo durante los primeros quince días de la actividad por cuenta propia. Una vez transcurrido ese plazo ya no será posible. La propia ley recoge que el trabajador ya no tendrá la necesidad de cumplir con las obligaciones que tendría cualquier otro demandante de empleo, como son fichar regularmente o cumplir con las tareas de formación que se le puedan asignar.
El paro de los trabajadores autónomos
Hay determinados grupos de personas que no podrán compatibilizar la prestación y el trabajo por cuenta propia, como aquellos cuyo último empleo fuese como asalariado, quienes cobrasen en un único pago el dinero del paro y los que ya se hayan beneficiado de una compatibilización similar en los últimos dos años.
Para que exista una mayor seguridad en el caso de estos emprendedores, contarán con un plazo de cinco años antes de que se les extinga la prestación por desempleo, cuando hasta ahora era de dos años.
Esta ley recoge también la posibilidad de que los profesionales por cuenta propia económicamente dependientes puedan contratar a un trabajador interino para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar.