Todos los años se producen incrementos en las bases de cotización y este año no será menos. Desde comienzos de 2015, la base mínima queda establecida en 884,40 euros, que supone un aumento del 1% respecto al año pasado. Esto implica que aquellos autónomos que coticen por la base mínima, que son casi 9 de cada 10, pasen a pagar cada mes 264,44 euros. En el caso de los trabajadores por cuenta propia societarios, la cuota ascenderá a 315,97 euros.
En cuanto a la base máxima de cotización se registra un leve incremento del 0,25%, que pasa hasta los 3.606 euros mensuales, cuando antes estaba estipulado en 3.597. También hay que destacar una serie de aspectos con la entrada del nuevo año en función de la edad del trabajador autónomo. Aquellos que se encuentren por debajo de los 47 años, por ejemplo, tendrán la posibilidad de escoger su base de cotización siempre que sea dentro de los parámetros comprendidos entre la máxima y la mínima. Podrán también elegir la base de cotización que deseen los profesionales por cuenta propia con 47 años y cuya base de cotización fuese al término de 2014 superior a 1.926,60 euros o se inscriban en este ejercicio como altas.
Por contra, aquellos con 47 años que tengan menos de 1.926,60 euros como base de cotización. no podrán escoger una base de cuantía por encima de los 1.945 euros, salvo en casos determinados. En los casos de aquellos autónomos que se encuentren por encima de los 48 años, la base estará establecida entre los 953,70 y los 1.945,80 euros al mes.
Estas son algunas de las novedades que tienen los trabajadores por cuenta propia con la entrada de 2015, que se unen a la aprobación de la Ley de Mutuas, que permite conseguir de manera más sencilla el cese de actividad, ya que sólo se deberá acreditar unas pérdidas del 10% anuales o las rebajas en el capítulo fiscal, donde las retenciones bajan al 19%.