Las empresas que ingresen menos de 50.000 euros al año quedarán exentas de abonar el impuesto sobre sociedades, tal y como aparece en el real decreto ley de segunda oportunidad y reducción de carga financiera, que se aprobó en el Consejo de Ministros del pasado viernes.
La norma fue publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado y entrará en funcionamiento desde el día 2 de Marzo del 2015. Se podrán beneficiar de ella aquellas compañías que no rebasen los 50.000 euros anuales en ingresos del periodo impositivo, que no superen tampoco los 2.000 euros anuales en cuanto a ingresos correspondientes a rentas no exentas.
Hay que destacar que las rentas no exentas deben estar sometidas a retención fiscal, siempre que no estén incluidas en la ley sobre entidades sin ánimo de lucro y no sean partidos políticos. Entre los principales afectados por esta normativa se hallan tanto los clubes de fútbol de pequeño tamaño, entes de carácter municipal y asociaciones de vecinos, entre otros colectivos.
La normativa, tal y como recoge el Boletín Oficial del Estado será de carácter retroactivo desde el pasado 1 de enero de 2015.