Se avecina un posible conflicto en torno a la tarifa plana de los autónomos. Hasta ahora todas las personas que iniciaban una tarea por cuenta propia podían darse de alta en el RETA abonando una cuota mensual de 50 euros durante seis meses. En un principio se exigía que el beneficiario fuese un joven menor de 30 años y que no pudiese contratar a empleados, pero estas dos normas se modificaron en posteriores revisiones, permitiendo que no existiesen límites de edad y se pudiese tener empleados. Pero también se incluye dentro de estas exigencias no haber estado dado de alta como autónomo durante los últimos cinco años.
Un juez de lo Contencioso-Administrativo de Alicante decidió recientemente que la Seguridad Social podrá rechazar las peticiones de trabajadores por cuenta propia para beneficiarse de las tarifas planas, al margen de que no hayan estado dados de altas en el RETA durante los cinco años anteriores a la solicitud. Así lo denunciaron desde la plataforma de Emprendedores y Autónomos de la Comunitat Valenciana al diario La Verdad.
El magistrado asegura que la tarifa plana para nuevos autónomos y los beneficios que propone esta normativa sólo deben resultar válida para aquellos que se den de alta como autónomos por primera vez. Por lo tanto la sentencia no tiene en cuenta en ningún momento la norma por la cual pueden beneficiarse de la tarifa plana aquellos que no hayan estado registrados en el RETA durante el último lustro. El juez interpreta que cuando la norma menciona el término inicial hace referencia necesariamente a la primera vez.
Desde esta plataforma aseguran que este fallo judicial va a perjudicar a miles de beneficiarios de la tarifa plana que ya estuvieron trabajando como autónomos antes de 2007 y que ya percibieron algún tipo de bonificación. De momento, la demandante ha tenido que abonar 1.400 euros y las costas procesales.