Los falsos autónomos son una figura que se ha introducido en los últimos años en el mundo laboral por parte de las empresas para reducir los costes del personal que produce toda su plantilla. Sin embargo, la situación de los falsos autónomos es muy ventajosa para las empresas, pero no lo es tanto para los trabajadores que lo son. Por esto, aquí queremos mostrar cuáles son las ventajas y desventajas de trabajar como falso autónomo.
Beneficios para la empresa
Los únicos problemas que tiene poseer falsos autónomos en una empresa es la posibilidad de que te pillen. Esto se debe a que es un modelo de contratación ilegal, utilizada por las empresas para obtener beneficios fiscales. Está considerado como un fraude a Hacienda y a la Seguridad Social debido a que no se pagan los tributos pertinentes ni se realizan las cotizaciones que se debería.
A pesar de ello, es tan grande el ahorro que supone para la empresa tener a sus trabajadores que se arriesgan a recibir una inspección de trabajo y las correspondientes sanciones y multas que conllevan estas prácticas.
Inconvenientes para el falso autónomo
Como ya hemos visto, son grandes los beneficios económicos que produce tener en situación de falsos autónomos a sus trabajadores. Sin embargo, no existe ningún beneficio destacable para los propios trabajadores. A veces, se dice que ser falso autónomo te permite facturar a otros clientes, pero no debemos caer en este tipo de argumentos, ya que existen otras formas como autónomo dependiente o el trabajador por cuenta ajena también puede ser autónomo si lo desea.
Por otro lado, encontramos una extensa lista de desventajas de ser falso autónomo:
- Debe darse de alta en el RETA
- Pagar la cuota de autónomos, el IVA y el IRPF
- No posee nómina, sino que debe facturar a la empresa para cobrar sus retribuciones
- No forma parte de la plantilla de la empresa para la que trabaja
- No tiene derecho a permisos retribuidos, lactancias, reducción de la jornada laboral y todas las demás situaciones a las que pueden acceder los trabajadores del Régimen General
- No tiene vacaciones pagadas
- No tiene derecho a indemnización en caso de despido
- No existe el derecho a paro, a no ser que cotice todos los meses por la prestación por cese de actividad, conocido como el paro de los autónomos
- En caso de realizar demandas judiciales debe hacerlo por la vía civil y no la social, lo cual es más lento y caro