Aunque la jubilación de los autónomos está establecida a los 65 años, existen diferentes posibilidades para jubilarse antes. Desde Abril del 2013 los trabajadores autónomos tienen la posibilidad de acogerse a la jubilación anticipada, antes no contemplada para este colectivo tan numerosos de profesionales.
Sin embargo, para poder solicitar la jubilación anticipada los trabajadores autónomos deberán cumplir una serie de requisitos.
Requisitos para la jubilación anticipada de los trabajadores autónomos
El gobierno ha fijado una serie de condiciones mínimas que el trabajador por cuenta propia debe de cumplir para poder jubilarse de forma anticipada. Estos son los que debes de tener en cuenta.
- Edad: Los autónomos deberán tener un mínimo de 63 años cumplidos
- Años de cotización: al menos haber cotizado 35 años a la Seguridad Social
- Cuantía de la pensión de jubilación: la cantidad económica de la pensión depende de los años y de la base que se haya elegido para cotizar en la Seguridad Social. Existen coeficientes reductores y correctores sobre la pensión para aquellos que opten por jubilarse antes.
Otra novedad que recoge la nueva legislación laboral es que se permite la jubilación de aquellos autónomos que se encuentren en situación legal de cese de actividad. Para estos profesionales, la edad para acceder a la jubilación se fija en 61 años y se les exigirá haber cotizado un mínimo de 33 años.
En 2027, la edad mínima de jubilación anticipada para los autónomos será de 65 años. El motivo es que, al igual que la edad de jubilación para el resto de trabajadores, irá aumentando de forma progresiva. En cualquier caso, siempre se mantendrá dos años por debajo de la edad legal que haya en cada momento.
En caso de duda, lo mejor es solicitar cita en la Seguridad Social y resolver allí todas las cuestiones sobre cuándo puedes jubilarte y qué cantidad en concepto de pensión te quedará. También puedes hacerte una pequeña idea utilizando una calculadora de jubilación para autónomos.
Coeficientes reductores sobre la pensión de los autónomos
Se contemplan una serie de reducciones sobre la pensión de los autónomos para aquellos que decidan jubilarse anticipadamente. Aquí tienes la tabla de reducciones:
- Un 8% de reducción para autónomos que hayan cotizado 38 años y seis meses.
- Un 7,5% de reducción para autónomos que hayan cotizado entre 38 años y seis meses, y menos de 41 años y seis meses.
- Un 6,8% de reducción para autónomos que hayan cotizado entre 41 años y seis meses, y menos de 44 años y seis meses.
- Un 6,5% de reducción para autónomos que hayan cotizado igual o más de 44 años y seis meses.