Si ya has tomado la decisión de crear una comunidad de bienes, has constituido la misma y has empezado a trabajar, debes tener claras cuáles son tus obligaciones fiscales. A continuación podrás conocer cuáles son los impuestos que paga una comunidad de bienes y cuándo deberás cumplir con tus obligaciones con Hacienda.
Antes que nada, cabe destacar que este tipo de sociedades, al no ser consideradas sociedades mercantiles y no tener personalidad jurídica propia, tienen sus propias normas fiscales. Por ejemplo, no tributan ni deben presentar anulmente el Impuesto de Sociedades, así, sus ingresos son imputados en el IRPF de sus socios.
Comunidad de bienes IRPF
La comunidad de bienes estará sometida al régimen de atribución de rentas. Así, los resultados de esta comunidad serán imputados a las renta de cada uno de los socios comuneros, siendo estos los que sumarán a sus rendimientos todo lo obtenido gracias a la participación en esta comunidad de bienes.
Como control, la comunidad está en la obligación de presentar una declaración informativa (modelo 184) en la que se detalle la identificación de cada uno de los socios comuneros, el importe de la renta que obtienen de la comunidad y la que se imputa a cada uno de ellos, entre otros. Este informe ayudará a controlar la imputación de rendimientos a los socios y deberá presentarse en la Agencia Tributaria.
Comunidad de bienes IVA
En cuanto al IVA, hay que destacar que la comunidad de bienes será la encargada de presentar los modelos de liquidación que correspondan así como las declaraciones informativas.
Otros aspectos sobre la fiscalidad de la comunidad de bienes
Es importante saber que en todo momento, la comunidad de bienes será quien expida las facturas, en ningún caso los comuneros. Asimismo, estas facturas deberán presentarse siempre a nombre de la comunidad para poder ser deducibles.
Es importante que la comunidad tenga un libro de cuentas en el que pueda figurar ordenadamente los ingresos y gastos, un balance importante a la hora de justificar las entradas y salidas de capital. Asimismo, en este libro de cuentas se deberá anotar también la asignación a cada uno de los comuneros.
Por último, la comunidad también será la encargada de llevar al día el libro de registro de facturas.