Si tienes dudas acerca de si se extingue el alquiler de un autónomo cuando se jubila, en este artículo resolvemos la cuestión desde la perspectiva del Tribunal Supremo, y sus distintas resoluciones sobre este problema.
Hace años, las distintas Audiencias Provinciales de España tenían diferencias a la hora de abordar este caso. Así, en ocasiones entendían que la jubilación no extinguía el alquiler de un autónomo. De este modo, si un profesional independiente se jubilaba y mantenía su actividad, el contrato de alquiler también debería mantenerse.
Si el autónomo se jubila, ¿qué pasa con el alquiler del local?
El Tribunal Supremo a través de una serie de sentencias civiles ha marcado jurisprudencia en este tipo de cuestiones. Ahora ya no existe lugar a dudas.
Desde su perspectiva legal, un autónomo sigue siendo un trabajador de su propia empresa; por lo tanto, también le es asumible la condición de jubilación como un acto en el que un profesional que está activo profesionalmente, tras alcanzar cierta edad, pasa a una situación de inactividad.
¿Cuál es el resultado final? Que el alquiler de un autónomo se extingue cuando alcanza la jubilación. Esta es la razón por la que muchos profesionales independientes deciden no jubilarse a pesar de encontrarse en la edad, para evitar perder los derechos de arrendamiento de su local.
Hay que tener en cuenta que en el caso de que un lugar de trabajo esté suscrito a distintos arrendatarios profesionales y uno de ellos se jubile, el resto podrá subrogarse a ese contrato de alquiler y mantener la actividad de negocio de forma cotidiana.
Otro detalle importante que hay que destacar, es que la jubilación es voluntaria por tanto, el final del arrendamiento será voluntad del inquilino y no habría derecho a indemnización, si el profesional se jubila antes de finalizar el contrato de alquiler del local.