Una de las mayores preocupaciones que soportan los trabajadores autónomos es la falta de liquidez económica para hacer frente a los impuestos y pagos de empleados. En la actualidad los que cotizan por la base mínima abonan al mes unos 278 euros a la Seguridad Social. Una cifra que aumenta al crecer la base de cotización. ¿Pero qué sucede si un mes no puedo pagar la cuota de autónomos?
Por desgracia ocurre con mucha frecuencia que a un trabajador por cuenta propia o empresario se le acumulen las deudas y no pueda cumplir con sus obligaciones con la Seguridad Social. ¿Podría aplazar el abono de la cuota?
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No hay que olvidar que las deudas con este organismo suponen la pérdida de derecho a recibir una prestación económica como la baja por enfermedad. También nos obligarán a soportar un recargo en el precio normal y hasta puede llegar a provoca el embargo de los bienes y cuentas del profesional.
La normativa incluye la opción de aplazar las deudas contraídas con la Seguridad Social. La moratoria puede alargarse como mucho cinco años y en todo este tiempo se considerará que el autónomo estará al corriente de las obligaciones.
Pedir aplazamiento lo antes posible
En cualquier caso, hay que destacar que el impago de las cuotas acarrea un recargo del 10% sobre la misma. Con la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, esta cifra se reduce al 10% si se paga dentro del primer mes natural siguiente, ya que anteriormente el racargo era del 10%.
De no abonarlo en estas dos semanas, la Seguridad Social también reclamará los intereses de demora. De ahí que recomienden desde las asociaciones de autónomos solicitar el aplazamiento del pago lo antes posible.
Además de las cuotas, el trabajador por cuenta propia también puede pedir el aplazamiento de recargos o sanciones siempre que su cifra no rebase el doble del Salario Mínimo Interprofesional establecido por ley para ese año.
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