En este artículo hablamos de la modalidad del autónomo colaborador o aquellos profesionales que desean contratar a su pareja como empleados, siendo ellos autónomos.
¿Qué requisitos u obligaciones conlleva contratar a un familiar como trabajador por cuenta ajena? ¿La Seguridad Social acepta esta casuística o se considerada nula por parte de prestaciones?
Siguiendo los preceptos de la legislación, un profesional autónomo puede contratar a su pareja a través de la figura del autónomo colaborador. Esta modalidad está disponible para contratar a un familiar de hasta segundo grado, con el objetivo de que exista mayor control laboral de cara a posibles fraudes y engaños.
Qué es el autónomo colaborador
Existen tres requisitos para ser autónomo colaborador imprescindibles que debe cumplir el familiar para que sea considerado autónomo colaborador y aceptado por parte de la Seguridad Social.
- No trabajar por cuenta ajena para otra empresa externa
- Colaborar de forma asidua en el negocio familiar
- Ser familiar directo del propietario autónomo del negocio (hijo, padre o cónyuge)
Hay que tener en cuenta que las últimas reformas sociales han permitido una bonificación del 50% de la cuota de Seguridad Social durante 18 meses como máximo.
Sin embargo, lo que sucede es que muchos profesionales creen erróneamente que pueden contratar a su esposa como trabajadora en el Régimen General y que la Seguridad Social le aceptará la situación con derecho a paro y bonificaciones.
Pero rotundamente no. No se puede contratar a la pareja como trabajador por cuenta ajena.
La única forma de poder trabajar junto con ella en el negocio familiar es a través de la figura del autónomo colaborador, dándose de alta en el Régimen de Trabajadores por cuenta propia pero con la peculiaridad de ser un familiar.
Para inscribirse en este régimen se sigue el procedimiento normal, pero se requerirá del libro de familia para acreditar que efectivamente existe un lazo familiar entre el profesional dueño del negocio y el autónomo colaborador. Descubre como darte de alta como autónomo y los pasos que debes seguir.