Tras la aprobación de la Ley que entró en vigor el 1 de enero de 2015 los trabajadores autónomos tienen derecho a un subsidio por desempleo de carácter voluntario, conocido como paro de autónomos. En este caso, los autónomos tienen derecho a percibir una prestación por cese de actividad, siempre que hayan incluido este supuesto en su cotización.
Así, para el cálculo de la cuantía de la prestación se tiene en cuenta el 70 % de la base reguladora. Cuando hablamos de base reguladora hacemos referencia a la base de cotización media, de un año previo al cese de la actividad.
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En cuanto a la duración del paro, sucede algo similar, puesto que dependerá de forma directa con el periodo por el que haya cotizado el profesional independiente. Es decir, el tiempo que se haya mantenido dado de alta en los últimos años.
Si quieres resolver todas tus dudas, consulta el especial de preguntas frecuentes sobre el paro de autónomos y echa un vistazo a los distintos apartados.
Prestaciones autónomos y el Plan Prepara
Por desgracia, el Plan Prepara también conocido como la “ayuda de 400 euros”, solo se aplica a los trabajadores por cuenta ajena, excluyendo a los autónomos de la inclusión en el programa.
Sin duda, es una medida criticada por muchos como injusta al considerar que los profesionales autónomos se encuentran en desventaja frente al resto de trabajadores.
Son muchos los colectivos que día tras días reclaman esta ayuda y claman su voz para equiparar en prestaciones y derechos, los distintos grupos de trabajadores.
No obstante, todavía no hay una fecha estipulada que permita saber si algún proyecto de Ley espera recoger dicha medida en su plan de acción.
Mientras tanto, los autónomos que se encuentren situación activa y deseen solicitar el cese de actividad, solo tienen a su disposición la medida conocida como paro de autónomos.