La respuesta del experto
En la cooperativa de enseñanza a la que pertenezco, la actual Junta Rectora nos quiere repercutir las pérdidas del curso anterior a los socios, no tenemos problema, la duda está en que en la contabilidad hay una partida importante, en salarios, que corresponde a atrasos de las nóminas de 2008. El contable dice que se han contabilizado correctamente en 2011, pero tengo la duda de si debería contabilizarse con cargo a 2008 y que no efecte a los resultados de 2011. Me gustaría saber la opción correcta según las normas contables.Estimado Luis.
La forma de contabilizar los atrasos del año 2008 en el año 2011 son dos:
– Si los atrasos del año 2008 son resultados de errores o inexactitudes en las cuentas anuales de ejercicios anteriores por no haber utilizado, o no haberlo hecho adecuada, información fiable que estaba disponible cuando se formularon y que la Cooperativa podría haber obtenido y tenido en cuenta en la formulación de dichas cuentas, entonces se contabilizan directamente contra Patrimonio Neto, sin pasar por la cuenta de resultados, normalmente con cargo a una cuenta de reservas.
– Sin embargo, se calificaran como cambios en las estimaciones contables aquellos ajustes en el valor contable de activos o pasivos, o en el importe del consumo futuro de un activo, que sean consecuencia de la obtención de información adicional, de una mayor experiencia o del conocimiento de nuevos hechos. En estos casos se contabilizarán directamente en la cuenta de Pérdidas y Ganancias del año 2011, en la partida de personal.
También debo comentarte que si las cuentas del año 2008 están aprobadas y cerradas, no se pueden contabilizar en el año 2008, pues está cerrado.