Si tienes pensado formar una comunidad de bienes con otras personas, necesitas saber cuáles son tus derechos y obligaciones como socio comunero.
Obligaciones de los socios de una comunidad de bienes
Para empezar, debes tener en cuenta que como autónomo seguirás teniendo la obligación de pagar religiosamente tu cuota de autónomo. Pertenecer a una comunidad de bienes no te exime de este tipo de pago.
Por otro lado, las obligaciones de todos los socios comuneros dentro de la comunidad de bienes serán proporcionales siempre a sus respectivas cuotas de participación, evidentemente también sus derechos. Esto significa que si tú has aportado más y tienes más porcentaje de ganancias, también tendrás mayor porcentaje de pérdidas (en el caso de que existan). Asimismo, tus responsabilidades serán mayores que las de aquellos socios que no hayan aportado tanto como tú.
Cada uno de los socios comuneros podrá actuar y deberá hacerlo en nombre propio frente a terceros. Esto significa que la comunidad de bienes carece de personalidad jurídica propia, que es precisamente lo que le otorga facilidad a la hora de las gestiones.
Derechos de los socios de una comunidad de bienes
Cada uno de los socios comuneros podrá hacer uso de los bienes que sean comunes siempre que quiera. No obstante, deberá tener en cuenta que ese uso jamás podrá ser en perjuicio de la Comunidad. Además, ese uso tampoco podrá impedir al resto de socios ejercer sus derechos.
Si la cosa o derecho común conlleva gastos, cualquier comunero podrá obligar al resto a contribuir en ello; y es que no puedes olvidarte que la comunidad de bienes no deja de ser una especie de sociedad, mucho más simple, en la que todos contribuyen. No obstante, el Código Civil establece que cualquier socio comunero podrá eximirse de esta obligación siempre y cuando renuncie a la parte que le pertenece en el dominio.