Los trámites online son muy beneficiosos para los autónomos, ya que, en la mayoría de ocasiones, su actividad laboral no les permite tener suficiente tiempo como para gestionar toda la parte administrativa que conlleva. Por ello, es posible darse de alta como autónomo online sin tener que moverte de casa. El procedimiento para el alta de los autónomos consta de dos pasos. Por un lado, darse de alta en la Agencia tributaria, y por otro, afiliarnos a la Seguridad Social.
¿Puedo darme de alta como autónomo online?
Sí, es posible hacerse autónomo por Internet ahorrándote tiempo así en las largas colas de la Administración que tantas horas hacen perder a los emprendedores y nuevos profesionales autónomos.
Para hacerse autónomo de forma telemática, lo primero que se necesita es un solicitar un certificado digital, o DNI electrónico, con el que puedas identificarte y acceder a todos estos trámites en línea para autónomos.
Cuando ya tenemos el certificado digital o DNI electrónico tenemos que darnos de alta en Hacienda por Internet. Para ellos, debemos entrar en la ‘Sede electrónica’ de la página web de la Agencia Tributaria, buscar ‘modelo 036 y 037′ y rellenar el modelo 037 para enviarlo en “Cumplimentación y presentación telemática 037“. El modelo 036 es para empresas o para darse de alta en el ROI.
Pasos para darte de alta en la seguridad social por Internet
El siguiente paso necesario es darnos de alta online en la Seguridad Social. Este paso es un poco diferente al que hemos realizado en la Agencia tributaria, ya que en lugar de rellenar el modelo directamente en la página, debemos descargar los PDF que permiten darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y enviarlos a través de la página web de la Seguridad Social.
Deberemos descargar y rellenar el modelo TA.0521/1 y enviarlo en el apartado de ‘Solicitud de alta en el Regimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos‘.
Con la entrada de la nueva ley de autónomos se han producido cambios en el procedimiento de alta. Anteriormente, tras darse de alta en Hacienda, los autónomos tenían un plazo de 30 días para darse de alta en la Seguridad Social. Desde el 1 de enero de 2018, el alta en la Seguridad Social debe realizarse antes de iniciar la actividad, concretamente, se puede realizar hasta 60 días antes.
El alta en Hacienda debe realizarse con posterioridad o el mismo día que el alta en la Seguridad Social. Esta última es la opción más recomendable para evitar líos que puedan ocasionar problemas.
Los trámites para el alta en Hacienda y el Reta siguen siendo los mismos que hemos anteriormente, solo cambia el orden en que se realizan.