En las prestaciones de la Seguridad Social para autónomos se considera incapacidad permanente a la situación del trabajador en la que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, que previsiblemente son definitivas y disminuyen o anulan su capacidad laboral.
Prestaciones autónomos: maternidad
El Régimen Especial para Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social reconoce la prestación por maternidad para los trabajadores autónomos en los mismos términos y condiciones establecidos en el régimen general, siempre que se esté al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social.
Prestaciones autónomos: incapacidad temporal
La incapacidad temporal es la situación en la que se encuentra el trabajador autónomo cuando está imposibilitado temporalmente para trabajar debido a enfermedad común o profesional o accidente, sea o no laboral, mientras precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
Prestaciones autónomos: la asistencia sanitaria
El Régimen Especial para Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social reconoce la asistencia sanitaria para los trabajadores autónomos en los mismos términos y condiciones establecidos en el régimen general.
Prestaciones de la Seguridad Social para autónomos
Al darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, los trabajadores autónomos pasan a contar con las siguientes prestaciones del Servicio Nacional de la Seguridad Social:
Alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social
Como trabajadores autónomos tenemos que darnos de alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social. ¿Dónde darse de alta? ¿Qué documentación se necesita? ¿Cuándo hay que darse de alta?¿Cuánto cuesta?