Las ayudas para autónomos 2012 en Cataluña son las siguientes:
AYUDA
Promoción del empleo autónomo: subvenciones para el establecimiento como trabajador autónomo o por cuenta propia
PLAZOS DE SOLICITUD
El plazo para presentar la solicitud finalizará dos meses después de la fecha de alta en el correspondiente Régimen de la Seguridad Social o de la fecha de alta en el Colegio Profesional que corresponda.
BENEFICIARIOS
- Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de trabajo, que quieran constituirse como trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia.
- Trabajadores/as autónomos/as o por cuenta propia que formen parte de comunidades de bienes o sociedades civiles, siempre que las subvenciones se soliciten a título particular.
- No pueden ser beneficiarias las personas socias de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales. Tampoco podrán recibir la subvención las personas autónomas colaboradoras. Asimismo, quedan excluidas los trabajadores y trabajadoras que hayan ejercido la misma actividad o similar con carácter autónomo o por cuenta propia en los seis meses anteriores a la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.
SUBVENCIONES
La cuantía de la subvención para el establecimiento como trabajador/a autónomo o por cuenta propia es la siguiente:
- En el caso de personas desempleadas en general: un máximo de 4.000 euros.
- En el caso de jóvenes desempleados de 30 o menos años: un máximo de 4.500 euros.
- En el caso de mujeres en paro: un máximo de 5.000 euros.
- En el caso de parados / as con discapacidad: un máximo de 8.000 euros.
- En el caso de mujeres paradas con discapacidad: un máximo de 9.000 euros.
- Las subvenciones correspondientes a mujeres víctimas de violencia de género se incrementan en un 10%.
- Estos importes son los máximos posibles y se podrán reducir en función de la disponibilidad presupuestaria.
DOCUMENTACIÓN
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- Certificado de la Oficina de Trabajo que acredite su inscripción, los periodos de inscripción, la antigüedad y la fecha de baja, o autorización al Servicio Territorial correspondiente, para obtener esta información.
- Declaración censal o alta del impuesto sobre actividades económicas (IAE), si procede, o autorización al servicio territorial correspondiente, para obtener esta información.
- Fotocopia compulsada del alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social de los/las trabajadores/as autónomos/as o autorización al servicio territorial correspondiente, para obtener esta información.
- Si procede, documento que acredite la inscripción en la mutualidad del colegio profesional correspondiente.
- Informe de la vida laboral, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, actualizado en la fecha de la solicitud, o autorización al servicio territorial correspondiente para obtener esta información.
- En el supuesto de trabajadores/as con discapacidad, certificado o documento oficial que acredite el reconocimiento del grado de minusvalía igual o superior al 33%.
- En el caso de mujeres víctimas de violencia de género, fotocopia del orden de protección o informe del Ministerio Fiscal.
- En caso de cambio de datos o si es la primera vez que se solicita una ayuda o subvención al Departamento de Trabajo, hoja de domiciliación bancaria.
- Memoria económica y explicativa de la actividad que se realizará.
- Informe de viabilidad del plan de empresa emitido por una colaboradora de la Dirección General de Economía Social y Cooperativa, y Trabajo Autónomo (se identifica en el web del Departamento de Empresa y Empleo como Inicia: para la creación de empresas).
- Otras declaraciones que se incluyen en el impreso de solicitud.
- Autorización expresa de la persona interesada para que el Departamento de Empresa y Empleo pueda comprobar los datos del DNI/NIE. La firma de la solicitud implica la autorización al Departamento de Empresa y Empleo para que realice las comprobaciones en relación con el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.