A la hora de presentar la declaración de la renta, los autónomos podrían deducir una serie de gastos que por lo general suelen pasar desapercibidos, sobre todo por la falta de información o conocimientos, y que servirían para rebajar la factura fiscal. A continuación te explicamos cuáles son:
- La vivienda: siempre y cuando el autónomo utilice su propia casa como lugar de trabajo. Entre otras cosas existe la posibilidad de deducir parte del IVA de inversiones y gastos que tenga por la parte de superficie que use para la actividad en cuestión. Previamente se exige que la dirección del domicilio esté dada de alta en el Censo de Empresarios con el modelo 036.
- Vehículo particular: los gastos vinculados al transporte, como son la gasolina, el seguro y el mantenimiento, entre otras cosas, únicamente se deducen al 100% en los casos de aquellos trabajadores por cuenta propia que se dediquen a actividades del transporte como pueden camioneros, autoescuelas, transportistas, repartidores, taxistas y agentes comerciales.
- Gastos de suministro: no se pueden deducir los gastos de suministro y de IVA soportado en los casos de que el domicilio desempeña las funciones de oficina, salvo que se instalen unos contadores independientes o se compare el gasto de suministro de antes y después de la actividad, para justificar de alguna manera ese incremento de consumo.
El resto de profesionales por cuenta propia tiene la posibilidad de deducir otros gastos, hasta un 50%. Como ocurre en el caso del transporte público (taxi, tren, avión), además de la estancia en hoteles y gastos de manutención. Basta con justificar el carácter profesional de este tipo de gastos. Resulta complicado que desde Hacienda admitan los viajes de fin de semana. Siempre que se pueda hay que solicitar facturas para todos aquellos gastos que se hayan realizado para el negocio. Y en el caso de las sanciones, multas o recargos por atrasos, también existe la opción de deducir.