A partir de ahora los autónomos lo tendrán más sencillo para cobrar la prestación por desempleo o cese de actividad. Las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno flexibilizarán las condiciones que hasta ahora se venían utilizando.
Según la propia norma, el propósito de esta ley es “suavizar los requisitos y formalidades que en la actualidad se exigen” a los profesionales por cuenta propia. Al mismo tiempo se busca “ampliar su ámbito a beneficiarios excluidos del mismo” que están en “situación de necesidad”.
Una de las modificaciones más importantes en el paro de los trabajadores autónomos es la eliminación de la obligación de proteger las contingencias profesionales para acceder a la prestación, ya que este paso implica “una carga económica para el autónomo que no guarda relación financiera ni material con el sistema de protección por cese de actividad”. A partir de ahora la cobertura pasará a ser voluntaria y la invitación al pago procederá siempre que no se encuentre el trabajador al corriente, a diferencia de antes, que sólo se accedía cuando había una carencia mínima necesaria, que estaba marcada en los doce meses anteriores al cierre del negocio.
El acceso de la cobertura será para todos aquellos trabajadores por cuenta propia que registren pérdidas por encima del 10%, cuando hasta ahora este baremos estaba establecido entre el 30 y el 40%. Otra de las novedades es que también se tiene en cuenta el cese involuntario en el cargo de administrador de la empresa o de consejero o en la prestación de servicios a la compañía, y ésta haya registrado unas pérdidas o su patrimonio neto haya caído por debajo de las dos terceras partes de su capital social.
Todo esto servirá para simplificar los trámites en lo que se refiere a la documentación a presentar. Ya no serán tan exigentes a la hora de demostrar la situación de la compañía. Se recibirá la prestación a partir del segundo mes, en lugar del primer mes.