¿Cuándo se puede tributar por módulos?

Juanma Caurin -

agencia tributaria modulos

Hoy en día puedes tributar por módulos si tu actividad está incluida en la lista de actividades laborales que se pueden acoger a esta tributación según la Orden que se publica anualmente en el que se regula el Régimen de estimación objetiva del IRPF.

A continuación encontrarás el listado de actividades en el régimen de estimación objetiva, conocido como sistema de módulos, incluidas en el artículo 95 del Reglamento del IRPF por el que están obligadas a practicar retenciones en sus facturas a empresas, profesionaes y entidades jurídicas.

 

Actividades incluidas en el sistema de módulos

I.A.E Actividades económicas
314 y 315 Carpintería metálica y fabricación de estructuras metálicas y calderería.
316.2, 3, 4 y 9 Fabricación de artículos de ferretería, cerrajería, tornillería, derivados del alambre, menaje y otros ar-tículos en metales N.C.O.P.
   453 Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos, excepto cuando su ejecución se efectúe mayoritariamente por encargo a terceros.
Confección en serie de prendas de vestir y sus complementos ejecutada directamente por la propia empresa, cuando se realice exclusivamente para terceros y por encargo.
 463  Fabricación en serie de piezas de carpintería, parqué y estructuras de madera para la construcción.
 468  Industria del mueble de madera.
 474.1  Impresión de textos o imágenes.
 501.3  Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general.
 504.1  Instalaciones y montajes (excepto fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire).
 504.2 y 3  Instalaciones de fontanería, frío, calor y acondicionamiento de aire.
 504.4, 5, 6, 7 y 8  Instalación de pararrayos y similares. Montaje e instalación de cocinas de todo tipo y clase, con todos sus accesorios. Montaje e instalación de aparatos elevadores de cualquier clase y tipo. Instalaciones telefónicas, telegráficas, telegráficas sin hilos y de televisión, en edificios y construcciones de cualquier clase. Montajes metálicos e instalaciones industriales completas, sin vender ni aportar la maquinaria ni los elementos objeto de instalación o montaje.
 505.1,
2, 3 y 4
 Revestimientos, solados y pavimentos y colocación de aislamientos.
 505.5  Carpintería y cerrajería.
 505.6  Pintura de cualquier tipo y clase y revestimientos con papel, tejido o plásticos y terminación y decoración de edificios y locales.
505.7 Trabajos en yeso y escayola y decoración de edificios y locales.
722 Transporte de mercancías por carretera.
757   Servicios de mudanzas.

 

Si no estás en la lista de actividades, no podrás elegir tributar por módulos y por lo tanto no podrás acogerte a la Estimación Objetiva.

Cabe indicar que una manera rápida de comprobar si estás en la lista de módulos es llamar a la Agencia Tributaria y consultar.