Ser autónomo en Francia

Alicia Ors -

Ser autónomo en FranciaUna de las formas de entrar en el mercado laboral francés es trabajando por cuenta propia. Ser autónomo en Francia es diferente a serlo en España, por una serie de motivos que te contaremos a continuación.

Por otra parte, en Francia existe la figura del auto-entrepreneur. No es un autónomo estrictamente, sino una figura legal para una persona que, estando en el paro o trabajando por cuenta ajena, decide poner en marcha una actividad complementaria y facturar por ella.

¿Cuánto vale ser autónomo en Francia?

Los trámites para ser autónomo en Francia son más sencillos y directos que en España, incluso se pueden hacer online.

Los autónomos en Francia tienen una serie de beneplácitos durante el primer año de actividad, para poder dar un margen de crecimiento a su negocio y evitar los fracasos prematuros.

  • No se paga nada durante el primer año de actividad. Sólo se tiene que pagar a partir del segundo año.
  • Existe un régimen especial para pequeñas empresas, autónomos y profesionales, orientado a las empresas individuales artesanales, comerciales o liberales. A través de él, los trámites para la creación de una empresa se simplifican.
  • Sólo se paga una tasa si has tenido ventas en el periodo declarado

Obligaciones de ser autónomo en Francia

Una vez pasado el primer año de actividad se aplican las siguientes obligaciones.

  • Las cotizaciones a la Seguridad Social se pueden pagar mensual o trimestralmente, mientras en España sólo se pueden pagar mensualmente.
  • El pago de la cuota de autónomos varía en función de la cotización.
    • 12% de la cifra de ventas en las actividades comerciales
    • 21,3% de la cifra de ventas en los servicios
    • 18,3% de la cifra de ventas en las profesiones liberales

Derechos por ser autónomo en Francia

Ser autónomo en Francia supone una serie de derechos, de los que se puede beneficiar un trabajador por cuenta ajena.

  • Asistencia sanitaria
  • Jubilación
  • Pensión de viudedad
  • Pensión de invalidez
  • Pensión de incapacidad temporal

 Auto-Entrepreneur

No es un autónomo estrictamente como lo conocemos en España, pero sí una figura legal que ampara a los trabajadores por cuenta ajena o en el paro si quieren iniciar una actividad laboral complementaria y facturar. El hecho de acogerse a esta figura no supone la pérdida de prestaciones por desempleo, jubilación, condición de funcionario o ayudas para estudiantes.

Es una figura novedosa para emprendedores en Francia que quieren iniciar una actividad empresarial sin hacer grandes inversiones ni tomar grandes riesgos. En España no existe esta figura, pero podría aplicarse, por ejemplo, a servicios como cuidado de personas mayores, niños, clases particulares, ventas por Internet, etc… hay muchísimos servicios y pequeños negocios a los que se le podría aplicar.

Requisitos para ser un Auto-Entrepreneur

  • No se pueden superar ciertas cantidades de facturación
    • 32.100€ al año para actividades de prestación de servicios domésticos, bricolaje y mantenimiento, profesiones liberales (quedan exentas algunas actividades regidas por colegios profesionales)
    • 80.000€ al año para actividades comerciales como venta de mercancías, objetos, mobiliario, productos alimentarios para llevar o consumir en el lugar y ciertas actividades de alojamiento turístico.
  • Darte de alta es un proceso muy sencillo y puede hacerse online.
  • IRPF y Seguridad Social se liquidará trimestralmente y se aplicará un porcentaje sobre el volumen de negocio.
    • Entre un 21% y un 23% para actividades de prestación de servicios, según la actividad.
    • Un 13% para actividades comerciales.
  • IVA. El régimen de “auto-entrepreneur” exime de cobrar el IVA en las facturas realizadas, pero sí se debe pagar IVA en los productos que se compran para realizar la actividad empresarial en cuestión.
    • No se puede desgravar IVA ni gastos de productos derivados de la actividad.
    • La cotización a la Seguridad Social es equivalente a los servicios prestados.