Suele ser frecuente que los familiares de los trabajadores o profesionales autónomos trabajen con ellos. Estos familiares reciben el nombre de autónomo colaborador y se trata de una de las figuras que mas dudas suelen levantar.
Podríamos resumir que un autónomo colaborador es un familiar directo del autónomo que convive y trabaja para él. Sin embargo existe cierta puntualización a estos requisitos y son los siguientes.
¿Qué requisitos debe cumplir un autónomo colaborador?
Existen una serie de condiciones que los familiares de los trabajadores autónomos deben cumplir para poder darse de alta y cotizar a la seguridad social como autónomo colaborador. Estos son:
- Debe ser familiar directo del autónomo: cónyuge, descendientes, ascendientes y otros parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
- El familiar colaborador debe estar empleado de forma habitual con el autónomo. No debe de tratarse de una colaboración puntual o esporádica.
- El familiar colaborador debe convivir en el hogar del autónomo y estar a su cargo
- No debe de estar dado de alta como trabajador por cuenta ajena, es decir, no debe cotizar en el régimen general de la seguridad social.
Los menores de 16 años no podrán ser considerados autónomos colaboradores porque no pueden trabajar de forma legal según el Estatuto del Trabajador.
Más información acerca de la figura del autónomo colaborador.