Como autónomo, puede que quieras tener en cuenta qué tipo de prestaciones te corresponden en caso de muerte en un accidente laboral y qué tipo de ayuda económica tiene los que sobreviven. Por regla general, la prestación por muerte y supervivencia para los profesionales autónomos tiene las mismas características que en el Régimen General de trabajadores , comprendiendo el auxilio por defunción,la pensión de viudedad y orfandad, prestaciones a favor de familiares. Sin embargo, tiene una serie de peculiaridades:
- Para optar a esta prestación será necesario cotizar por la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal.
- Como base reguladora de la prestación por fallecimiento por accidente de trabajo o enfermedad profesional será equivalente a la base de cotización del trabajador autónomo en la fecha del hecho causante.
También es importante tener en cuenta el hecho causante que deriva la prestación y a partir de que fecha los beneficiarios de la misma comienzan a cobrarla.
Fallecimiento del autónomo en accidente de trabajo
En los casos de fallecimiento por Accidente de Trabajo el procedimiento es similar a las prestaciones por incapacidad permanente. Además este derecho te ayudará en favor de tus familiares hacia otras prestaciones, como son, el auxilio por defunción y la pensión de orfandad. Cabe indicar que el art. 26.3 del Estatuto establece para los trabajadores autónomos económicamente dependientes la obligación de incorporar, dentro del ámbito de la acción protectora de la Seguridad Social, además de la incapacidad temporal, la cobertura de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. Como se sabe las prestaciones por muerte y supervivencia pueden definirse como aquellas prestaciones de la Seguridad Social destinadas en apoyar la situación de necesidad en la que pueden quedar los familiares de un trabajador tras su fallecimiento.
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