"
Buenas tardes, soy un trabajador autónomo económicamente dependiente que practicamente facturo a una sola empresa. La retención que tengo en factura es del 15% y la empresa me declara en el modelo 111 y el 190. Quería saber si estoy obligado a declarar en el 347 la facturación con esta empresa ya que supero los 3.005 €. Saludos"
La respuesta del experto
Buenas tardes, soy un trabajador autónomo económicamente dependiente que practicamente facturo a una sola empresa. La retención que tengo en factura es del 15% y la empresa me declara en el modelo 111 y el 190. Quería saber si estoy obligado a declarar en el 347 la facturación con esta empresa ya que supero los 3.005 €. SaludosEstimado Juanjo, si tus facturas emitidas llevan retención y tus clientes ya te declaran en el modelo 111 y 190 no debes declararlos en el modelo 347 aunque superes la cantidad. Las facturas que llevan retención y que son declaradas en otros impuestos no deben ser contempladas en el modelo 347 a excepción de los arrendadores que aunque emiten factura con retención por alquiler sí que están obligados a declararlo en el modelo 347.