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Buenos días, mi pregunta es la siguiente: Soy autónoma comisionista y también realizaré extras como camarera autónoma en hoteles y restaurantes. Me di de alta en las dos actividades económicas, ¿qué tipo de IVA debo aplicar en las facturas expedidas a los restaurantes? ¿tengo que presentar liquidaciones trimestrales de IVA diferentes para cada una de las actividades económicas? IRPF, me dijeron que no tenía que presentar la liquidación trimestral por que el 70% es para un sólo cliente. muchas gracias"
La respuesta del experto
Buenos días, mi pregunta es la siguiente: Soy autónoma comisionista y también realizaré extras como camarera autónoma en hoteles y restaurantes. Me di de alta en las dos actividades económicas, ¿qué tipo de IVA debo aplicar en las facturas expedidas a los restaurantes? ¿tengo que presentar liquidaciones trimestrales de IVA diferentes para cada una de las actividades económicas? IRPF, me dijeron que no tenía que presentar la liquidación trimestral por que el 70% es para un sólo cliente. muchas graciasEstimada Luz, el tipo de IVA será el general, el 18%. Solo debes presentar una declaración trimestral agrupando todas las actividades. Y referente al IRPF los contribuyentes que desarrollen actividades profesionales no estarán obligados a efectuar pago fraccionado trimestral en relación con las mismas si, en el año natural anterior, al menos el 70 % de los ingresos de la actividad fueron objeto de retención o ingreso a cuenta. Lo importante no es que el 70% de toda tu facturación la soporta un solo cliente, si no, que el concepto de la misma sean honorarios profesionales, la actividad de comisionista podría ser pero la de servicios de camarera autónoma habría que definirlo mejor.