Juani Gallego
"La respuesta del experto
Tengo un par de dudas, a ver si me pueden ayudar. Trabajamos en una empresa multinacional, hasta hace poco vivíamos en España y trabajábamos para esa empresa allí, desde hace un par de meses mi marido y yo, estamos inscritos como residentes en el Reino Unido. En que afecta esto a nuestra próxima declaración de la Renta? La tendríamos que hacer de igual manera en España, o aquí en UK, o en los dos sitios? Sabemos que hay un convenio entre los dos países. Nosotros seguimos cotizando a la seg. social en Espanya y nos siguen reteniendo el IRPF en España. Mi nómina me la ingresan en España y la de mi marido, hacen una transferencia y la cobra aquí en UK en libras. Estamos pensando en pedir las ayudas que dan aquí por tener un hijo menor de edad. Aquí le llaman el "Children Benefit". También hay aquí otra ayuda que se llama el "Family Tax Credit". Si pedimos estas ayudas, esto significara que estamos obligados a hacer declaración de la Renta aquí?. El tema es: si las pedimos aquí, al haber un convenio entre España y UK, eso afectara en algo a mi declaración de la Renta en España? O afectara en algo a la ayuda por maternidad que se supone que podre reclamar en España? Yo creo que no puedo pedir un mismo tipo de ayuda en los dos países. Eso casi que lo doy por hecho. Es por esto que pregunto donde tendremos que hacer la Renta, para pedir la ayuda aquí o dejarla para España.Juani Gallego
Independientemente del país dónde uno esté “inscrito”, el Impuesto sobre la Renta es “mundial”, es decir, se acumulan todas las rentas obtenidas en todo el mundo y se tributa en el país donde se resida (por regla general, donde permanezcan más de medio año), pero por encima de eso un ciudadano se considera residente en el País dónde tenga la mayor fuente de ingresos. Las rentas obtenidas en el resto de países pagarán allí sus impuestos y si alguno es parecido a la renta y hay convenio, se deducirá en el país de residencia.
El primer paso que debéis dar es aclarar vuestra relación con la empresa, independientemente de que ella tenga su razón social en España o dónde sea, debéis definir con ella, cual es vuestra condición empleado residente en España o no residente en España, y si sois residentes en España, el motivo de vuestra estancia en GB a que se debe? Yo entiendo que no se podrá considerar un desplazamiento temporal (habrá que ver el contrato laboral) y que os tendréis que ajustar a la legislación de UK , tanto en Seguridad Social como a efectos de renta. Aquí no os puedo decir nada más, hablar con recursos humanos de la firma. Aquí esta toda la madre del cordero. Cuando tengáis esto resuelto os podré decir en qué país debéis presentar el IRPF, en el otro tributaríais como no residentes, por las rentas que tuvierais (siempre menores que en el de residencia)
Yo creo que el final de esto es que vosotros sois residentes en UK tributáis allí por la renta. En España, si tenéis un piso que lo estáis pagando, ni os grava ni os deduce, si tenéis dinero aquí debéis informar al banco que no sois residentes, de modo que la cuenta bancaria se modifica en ese sentido, no debéis cotizar Seguridad Social aquí, no tenéis derecho a beneficios tributarios españoles, de ningún tipo, y si tenéis aquí algún otro tipo de ingresos, se tributa por ello por el IRPF de No residentes, es decir, con el tipo de retención que corresponda, después, en determinadas rentas, se deben adicionar a la renta de Uk.