Entre las múltiples preocupaciones que nos ha provocado el Covid-19 a nivel económico encontramos el pago de las hipotecas, porque si me he quedado sin trabajo ¿cómo voy a hacer frente al pago de la hipoteca?
Afortunadamente, el gobierno, además de ofrecer ayudas para los autónomos por la crisis del coronavirus, también ha introducido entre sus medidas económicas una moratoria para el pago de las hipotecas, tanto para los empleados por cuenta ajena como para los trabajadores por cuenta propia. No obstante, esta medida no es universal y tiene una serie de límites en cada caso.
Requisitos para quedar exento del pago de la hipoteca por el coronavirus
De hecho las diferencias entre uno y otro las encontramos en los requisitos que debemos cumplir para poder dejar de pagar la hipoteca mientras dura el estado de alerta y la crisis del coronavirus.
En el caso de los autónomos, podremos dejar de pagar la hipoteca si cumplimos con los siguientes supuestos:
- acreditar una pérdida grave de ingresos o una bajada importante de las ventas
- cuando los ingresos anuales se rebajen hasta 3 veces el IPREM anual de 14 pagas, situado entorno a los 7.519€
- en caso de tener hijos o personas ascendientes a nuestro cargo dicho limite de ingresos aumenta
- cuando la carga hipotecaria sobre la renta familiar se multiplique por 1,3 como mínimo.
Si por ejemplo una autónomo sufre una pérdida del 40% de sus ingresos podría solicitar la moratoria en el pago de la hipoteca.
Una vez hayamos solicitado la moratoria, el banco tiene un plazo máximo de 15 días para aceptarla o no. En caso de que nos la concedan, la entidad informará al Banco de España sobre su existencia, su duración y la no imputación en el computo de provisiones de riesgo. Gracias a ello no figuraremos como morosos a efecto contables cuando no paguemos la cuota de la hipoteca.
El objetivo del gobierno es que nadie sea desahuciado como consecuencia de esta pandemia y las dificultades económicas a las que vamos a tener que hacer frente.