La declaración complementaria de autónomos es un recurso útil para solventar posibles errores en declaraciones previas y regularizar la situación con la Agencia Tributaria, para evitar sanciones futuras.
Además, la declaración complementaria de atrasos tiene mucha utilidad en el caso de los profesionales que reciben pagos atrasados como consecuencia de sus actividades de rendimiento de trabajo.
Tal es el caso de los autónomos que hayan recibido el ingreso de una factura de hace un año, por ejemplo, y deban declararla en la actualidad que es cuando han obtenido el dinero del importen.
¿Cuándo y dónde presentar la declaración complementaria?
Es imprescindible para preparar la declaración complementaria recurrir a los datos de la declaración del ejercicio al que se imputan las rentas.
La presentación se puede realizar a través del sistema de Renta WEB aportando los datos del ejercicio correspondiente. En la sección de “Portal Renta 2016”, dentro del epígrafe de “MÁS TRÁMITES” está la opción “Modificación de declaración” que dispone de la posibilidad de enviar rectificaciones de autoliquidaciones .
En relación a los plazos de presentación de declaraciones complementarias por atrasos:
En caso de que los atrasos tengan lugar entre el 1 de enero y el inicio del trámite de presentación del documento de declaración de IRPF 2016 (hasta 4 de abril de 2017, también incluido), el autónomo deberá presentar la autoliquidación complementaria antes de finalizar el periodo de presentación de declaraciones hasta el 30 de junio de 2017. Existe una excepción y es que la complementaria haga referencia a atrasos del ejercicio 2016. En este caso, el profesional podrá incluirlos en la declaración misma del ejercicio.
En caso de los atrasos se perciban con carácter posterior al inicio del plazo de presentación de la declaración a partir de 5 de abril de 2017, el profesional deberá presentar la complementaria en el período de plazo que exista entre la percepción del atraso y el final del plazo de del ejercicio 2017.
Más información sobre los errores en la presentación de las declaraciones telemáticas a Hacienda.