Si eres beneficiario de la prestación por cese de actividad y quieres darte de alta como autónomo, este artículo te interesa para conocer en mayor profundidad cuáles son las situaciones que conllevarían la pérdida del paro acumulado.
A pesar de que entre los profesionales autónomos pueda existir bastante confusión sobre este tema, la Ley es clara al respecto. Y es que, existe la posibilidad de suspender la prestación por desempleo con el objetivo de desarrollar trabajos como autónomo por cuenta propia, para después volver a solicitarla.
El requisito exigible para después volver a solicitarla, es que la duración del trabajo por cuenta propia no alcance o supere los 24 meses, desde que se solicitara inicialmente la suspensión. Se establece un plazo entre 12 y 14 meses como período medio.
¿Qué ocurre con el paro si te haces autónomo?
Así, un profesional que disponga del paro podría darse de alta como autónomo, notificando previamente en la oficina de Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dicho cambio de actividad, para evitar el cobro simultáneo de la ayuda y las facturas, un hecho que suponga una sanción o multa para el profesional.
Si tienes dudas acerca de cómo darte de alta de autónomo sin morir en el intento, te recomendamos que visites los especiales que tenemos sobre el tema y resuelvas tus dudas al instante.
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- Trámites para llevar a cabo el Impuesto de Actividades Económicas.
- El proceso para solicitar el Alta en Hacienda e iniciar la actividad comercial como empresario independiente.
- Conoce más sobre los pasos a seguir para solicitar el Alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social.
Como vemos, simultanear el paro acumulado y el alta como autónomo es viable siempre que se respeten los términos estipulados por la legislación, y no se transmita una impresión de fraude.