Cuando un autónomo no puede realizar su actividad laboral él solo, necesita personas que le ayuden a desarrollar su trabajo. Muchas personas se preguntan si los trabajadores autónomos pueden contratar a otras personas o no. La respuesta es que sí. Sin embargo, como todos los trámites burocráticos que se realizan, la contratación de empleados si eres autónomo puede resultar un poco complicada.
Uno de los mayores beneficios que existen ahora para los autónomos, es que pueden conservar la tarifa plana de 50 euros de cuota de autónomos aunque realicen contrataciones. Por ello, aquí te explicamos el procedimiento para contratar a un trabajador siendo autónomo.
Pasos para contratar empleados
En primer lugar, para que los autónomos puedan tener empleados a su disposición, deben de inscribirse como empresarios en la Seguridad Social. Para ello, hay que rellenar el modelo TA.6, con el que se recibe el Código de Cuenta de Cotización (CCC). Se debe obtener un Código de Cuenta de Cotización por cada una de las provincias donde desarrolle la actividad el trabajador autónomo. Para pedir los siguientes CCC se debe rellenar el Modelo TA.7. Este código será el número con el que se harán frente a todas las obligaciones que se posean en materia de impuestos y cotizaciones por parte del trabajador autónomo.
Estos modelos se deben presentar en la Tesorería General de la Seguridad Social más cercana al domicilio social del solicitante, acompañado del documento original, y copia del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
En segundo lugar, debemos dar de alta a los trabajadores, o lo que formalmente se llama realizar la afiliación de trabajadores a la Seguridad Social. En el caso que sea la primera vez que trabaja, y no disponga de un número de la Seguridad Social, se deberá solicitar el número de afiliación a la Seguridad Social través del Modelo TA.1. Si el trabajador ya posee este número, lo tenemos que dar de alta en la Seguridad Social mediante el Modelo TA.2/S. Por último, debemos firmar el contrato y enviar una copia al Servicio Estatal de Empleo en un plazo de 10 días.
¿Cómo puedo contratar a un familiar?
Cabe decir, que si la persona que queremos contratar es un familiar directo, la contratación es mucho más fácil. Esta es la figura del autónomo colaborador. Para contratar un autónomo colaborador, no hace falta que se firme ninguna relación contractual entre la empresa y la persona. En este caso será la persona la que tendrá que darse de alta en la Seguridad Social rellenando el Modelo TA.0521/2 y no le hace falta inscribirse en Hacienda porque no tiene que realizar las declaración trimestral de impuestos.