La manera más sencilla para calcular la amortización es aplicar los porcentajes de pérdida de valor que establece la Agencia Tributaria para aquellos autónomos que tributen en Estimación Directa Simplificada.
Tabla de porcentajes máximos de amortización anuales según el tipo de bien de inversión
Tabla de estimación directa simplificada
Grupo | Descripción | Coeficiente máximo | Periodo máximo (años) |
1 | Edificios y Otras construcciones | 3 % | 68 |
2 | Instalaciones, mobiliario, enseres y resto del inmovilizado material | 10 % | 20 |
3 | Maquinaria | 12 % | 18 |
4 | Elementos de transporte | 16 % | 14 |
5 | Equipos para tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos | 26 % | 10 |
6 | Utiles y herramientas | 30 % | 8 |
7 | Ganado vacuno, porcino, ovino y caprino | 16 % | 14 |
8 | Ganado equino y frutales no cítricos | 8 % | 25 |
9 | Frutales cítricos y viñedos | 4 % | 50 |
10 | Olivar | 2 % | 100 |
Ejemplo de amortización
Por ejemplo, si compras un ordenador la ley establece que el porcentaje máximo que se puede aplicar como un gasto de amortización es de un 26% anual.
Esto quiere decir que si tu ordenador valía 1000 euros, entonces ahora valdrá 740 euros, y de tal manera al año siguiente se puede deducir a otros 260 euros y así hasta que tu ordenador valga cero euros.
Además, deberás tener presente la fecha de compra. Por ejemplo si compraste el ordenador el 1 de abril deberás deducir un 26%, multiplicado (0,75) es decir:
- 1000 euros x 26% = 260 euros anuales, como lo has tenido sólo 9 meses del año, multiplicando 260 x 0,75 = 195 euros deducibles de gasto de amortización.
Cabe indicar que siempre deberás informarte del porcentaje de amortización vigente.